PLD cambia: nuevos formatos, Beneficiario Controlador y Avisos de 24 horas.
El 24 de septiembre de 2026, la SHCP y la UIF publicaron nuevos formatos relacionados con el cumplimiento de la Ley Antilavado (LFPIORPI).
El cambio no se limita a actualizar formularios. El nuevo esquema exige mayor información sobre el Beneficiario Controlador y fortalece los procedimientos para identificar y reportar operaciones que puedan representar un riesgo.
¿Qué cambia?
Los nuevos formatos incorporan:
Mayor información sobre el Beneficiario Controlador;
Adecuaciones para fideicomisos y otras figuras jurídicas;
Cambios aplicables a determinadas operaciones de comercio exterior;
Nuevos formatos de Avisos e Informes; y avisos que deberán presentarse en un plazo de 24 horas cuando existan sospechas, hechos o indicios relacionados con posibles operaciones ilícitas.
Este último punto es especialmente relevante: en determinados supuestos, el Aviso deberá presentarse aun cuando la operación finalmente no se realice.
Fechas clave
1 de febrero de 2027
Entra en vigor el nuevo formato de alta y registro de Actividades Vulnerables.
1 de junio de 2027
Comienza la utilización general de los nuevos formatos de Avisos e Informes y entra en operación el esquema relacionado con los Avisos de 24 horas.
Algunos sujetos, como agencias aduanales, quienes promuevan despachos sin agente o agencia aduanal y quienes operen mediante fideicomisos u otras figuras jurídicas, deberán revisar además las reglas transitorias aplicables a su registro.
¿Qué significa para las empresas?
El reto ya no será únicamente identificar cuándo presentar un Aviso.
Las empresas deberán poder responder con claridad:
¿Quién está realmente detrás de la operación?
¿Tenemos correctamente identificado al Beneficiario Controlador?
¿Nuestros expedientes contienen la información necesaria?
¿Existe un procedimiento para detectar y escalar una operación sospechosa dentro del plazo correspondiente?
Llegar a 2027 sin esta información puede convertirse en un problema de cumplimiento y de operación.
Recomendación ICONET
No es necesario esperar a que los nuevos formatos sean obligatorios.
El periodo previo debe aprovecharse para revisar:
Actividades Vulnerables realizadas;
Altas y registros existentes;
Expedientes de clientes y usuarios;
Beneficiario Controlador;
Avisos e Informes;
Responsables internos; y procedimientos de detección y seguimiento de operaciones.
El cambio ya fue publicado. La obligación será escalonada, pero la preparación debe comenzar antes.
En ICONET podemos apoyar a las empresas en el diagnóstico de sus obligaciones PLD, revisión de expedientes, Beneficiario Controlador, Avisos y diseño de un plan de implementación 2026–2027.
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