PLD FINANCIERO: Nueva simplificación administrativa modifica la gestión de trámites ante la CNBV. - Aspel Distribuidor Integral Certificado

PLD FINANCIERO: Nueva simplificación administrativa modifica la gestión de trámites ante la CNBV.

🔴 PUBLICADO 30 DE SEPTIEMBRE | VIGENTE DESDE EL 1 DE OCTUBRE DE 2026

La CNBV publicó un Acuerdo General de simplificación administrativa que modifica diversos trámites relacionados con la prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo (PLD/FT).

A partir del 1 de octubre de 2026, varios procedimientos serán concentrados, homologados y gestionados bajo nuevas homoclaves, con el objetivo de reducir duplicidades y facilitar su presentación ante la autoridad.

Entre los principales cambios se encuentran:

La certificación y renovación en materia de PLD/FT se concentran en la homoclave CNBV-2026-003.

Los informes de auditoría se integran en CNBV-2026-004.

La inscripción y renovación de centros cambiarios y transmisores de dinero se agrupan en CNBV-2026-006.

También se simplifican procedimientos relacionados con estructuras internas, dictámenes técnicos y manuales de cumplimiento.

¿Qué implica para los sujetos supervisados?

El cambio se concentra en la forma de gestionar los trámites, no en una reducción de las obligaciones de cumplimiento.

Por ello, las entidades y profesionales sujetos a supervisión de la CNBV deberán revisar sus procedimientos internos, formatos y referencias administrativas para operar bajo las nuevas disposiciones.

Los trámites presentados antes de la entrada en vigor continuarán resolviéndose conforme a las reglas aplicables al momento de su presentación.

Precisión ICONET

Este acuerdo corresponde al ámbito financiero supervisado por la CNBV.

No sustituye ni modifica los nuevos formatos aplicables a Actividades Vulnerables bajo la LFPIORPI, ya que se trata de dos marcos regulatorios distintos.

Para SOFOM, centros cambiarios, transmisores de dinero, oficiales de cumplimiento y profesionales especializados en PLD, el cambio requiere una revisión inmediata de sus procesos administrativos a partir del 1 de octubre de 2026.

Fuente: Diario Oficial de la Federación, 30 de septiembre de 2026.

ICONET 
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