La base gravable anual es el acumulado de todos los ingresos gravables para ISR que
percibió un trabajador en todo el año, y ésta se multiplica por un factor anual que
debe ser siempre 1, este cálculo debe realizarse en la última nómina del año.
Para efectuar un correcto cálculo anual de Impuesto se deberán revisar lo siguiente:
a) En la última nómina del año configura el tipo de cálculo de impuesto Anual, ingresa a:
Menú Nómina o Herramientas / Parámetros de la nómina, selecciona el tipo de
cálculo Anual
Figura 1. Configuración de tipo de cálculo Anual para ISR.
b) Revisar que durante todas y cada una de las nóminas se haya tenido configurada la
Deducción de Subsidio para el empleo aplicado (D111).
Si el catálogo de percepciones y deducciones es personalizado se deberá
seleccionar la que corresponda al subsidio para el empleo aplicado.
Figura 2. Configuración de la Deducción Subsidio para el Empleo Aplicado (D111).
c) Indica que trabajadores se le aplicará el cálculo anual de ISR, esto con el fin de
cumplir con lo establecido en los Artículo 177 de la LISR. Para ello ingresa a:
Menú Nómina / Trabajadores, ingresa al detalle del trabajador en la pestaña “Salario”
Considera el Artículo 96 que se establecen los casos donde las empresas que no
están obligadas a generar dicho ajuste.
- Cuando el trabajador no haya laborado los 12 meses del año en la empresa.
- Si el trabajador tiene ingresos superiores a $400,000.00.
- Cuando el trabajador así lo solicite
A continuación, se muestra el cálculo que el sistema realiza para determinar el cálculo
anual.
Ejemplo:
Factor anual
Días del año 365
/ Días transcurridos 365
= Factor Anual 1.00
Base gravable anual
Gravable acumulado 148,703.05
+
Gravable del periodo 6,465.35
– Impuesto local 0.00
= Base gravable 155,168.40
Impuesto
Base gravable (anual) 155,594.68
– Límite inferior 134,119.41
= Excedente 21,475.2768
* % Art. 152 0.1792
=
Impuesto sin cuota fija 3,848.3696
+ Cuota fija 12,264.16
= Impuesto 16,112.5296
Subsidio para el empleo
Acumulado S.E. Aplicado 0.00
+ S.E. Aplicado en esta nómina 0.00
= Acum. Anual S.E. Aplicado 0.00
ISR anual
Impuesto 16,112.5296
/ Factor anual 1.0027
= Impuesto – Subsidio anual 16,112.5296
– Acumulado Sub. Aplicado 0.0000
= ISR Ajuste anual 16,068.3857
ISR del periodo
ISR Anual 16,068.6857
– ISR acumulado 15,289.68
= ISR del periodo 778.7057
El sistema realiza el mismo cálculo para todos los trabajadores sin importar el tipo de
jornada.
Situaciones generales en el Cálculo Anual de ISR
Se tienen dos casos como resultado debido al Cálculo anual de ISR, y es importante
mencionar la situación general en que pueden presentarse, así como sus principales
consecuencias.
ISR a favor:
Si el Acumulado de Retenciones Provisionales de ISR es mayor al ISR determinado
por el Cálculo anual de Impuesto, implicaría que se realizaron retenciones “de más”
al trabajador por lo que éstas le podrán ser acreditadas en las nóminas del siguiente
año fiscal.
Si el Acumulado de Retenciones Provisionales de ISR es menor al ISR determinado el
trabajador está obligado a pagar la diferencia que resulte.
Figura 10. ISR del período a Cargo del Trabajador
Subsidio para el empleo por cálculo anual:
Si el Acumulado de Devoluciones Provisionales de Subsidio para el empleo (SE) es
menor al SE determinado por el Cálculo anual de Impuesto, no se devolverá cantidad
alguna por concepto de SE al trabajador por considerarse como definitivos los pagos
de SE, debiendo las empresas de absorber el costo de las diferencias.
En el caso de que el resultado del cálculo anual sea un subsidio no se va a mostrar en
el recibo, pero si puede aparecer cuando se calculó subsidio en el periodo actual.
Pueden existir diferencias por la aplicación de la mecánica establecida en el
Art. 142 para el cálculo de impuesto por pagos extraordinarios al trabajador.
Reporte de diferencias entre ISR retenido vs Cálculo anual
Este reporte presenta los acumulados de Impuesto Sobre la Renta (ISR) retenido
incluyendo la nómina actual y los compara contra el cálculo anual considerando los
ingresos acumulados hasta la nómina actual. Para generalo ingresa a:
Menú Fiscales / ISR / Cálculo anual
Figura 11. Título del reporte.
De esta forma, se podrá conocer el comportamiento del impuesto retenido con
respecto al cálculo anual para que, en dado caso, se tomen medidas correctivas como
realizar un ajuste o bien simplemente conocer las cantidades que dan por resultado
al aplicar un cálculo anual de ISR
Figura 12. Reporte de diferencias entre ISR retenido VS cálculo anual.
La información que muestra el reporte es la siguiente: